Carta Comité de Auditoría (CA)

La experiencia del CA en contabilidad, información financiera, auditoría y gestión de riesgos

Propósito

El CA es un comité de expertos nombrado formalmente por el Consejo del Holding. Su misión es apoyar al Consejo en el desempeño de sus funciones de supervisión, en particular con respecto a las prácticas contables y de información financiera y no financiera del Grupo, los procesos de auditoría externa, así como su visión general de la gestión de riesgos.

Funciones

El CA desempeñará las funciones que se exponen a continuación, así como cualquier otra que exija la legislación aplicable o las normas y requisitos bursátiles o que le delegue el Consejo.

1. Estados financieros

  • Revisar y cuestionar, cuando sea necesario, los principales riesgos financieros, las acciones y los juicios de la dirección en relación con las cuentas financieras anuales individuales y consolidadas, así como los estados financieros intermedios destinados a su publicación;
  • Decidir si las cuentas financieras individuales y consolidadas pueden recomendarse al Consejo y, en su caso, para su presentación a la Junta General de Accionistas.

2. Control interno y gestión de riesgos

  • Revisar los informes de la dirección sobre la eficacia de los sistemas de control interno;
  • Revisar los informes de la dirección sobre la realización de una evaluación anual de riesgos;
  • Revisar los informes de la dirección sobre los procesos de cumplimiento y gestión de riesgos del Grupo;
  • Revisar los informes de la dirección sobre cualquier fraude, material o no, que implique a la dirección o a otros empleados que tengan un papel significativo en los controles internos del Grupo.

3. Auditoría externa

  • Supervisar las relaciones del Grupo con el auditor externo;
  • Evaluar la actuación del auditor externo; los criterios aplicados incluyen: competencia técnica y operativa, visión independiente y objetiva, recursos suficientes empleados, enfoque de auditoría basado en el riesgo y capacidad para proporcionar una recomendación efectiva y práctica y una comunicación y coordinación efectivas con el CA;
  • Supervisar el procedimiento de selección, renovación (mediante licitación) o destitución del auditor o auditores externos y notificar al Consejo su recomendación al respecto;
  • Aprobar las condiciones de contratación y la remuneración que se pagará al auditor externo por los servicios de auditoría prestados;
  • Examinar la compatibilidad de las responsabilidades de auditoría con cualquier mandato de consultoría
  • Discutir con el auditor externo, antes de que comience la auditoría, la naturaleza y el alcance de la misma;
  • Revisar con los auditores externos los resultados de su trabajo, incluidas las cuestiones importantes que hayan surgido en el transcurso de la auditoría; los principales juicios contables y de auditoría; los niveles de errores identificados durante la auditoría, obteniendo explicaciones de la dirección y, en caso necesario, de los auditores externos, sobre las razones por las que determinados errores podrían permanecer sin ajustar.

4. Impuestos

Supervisar los principales acontecimientos fiscales mundiales y su repercusión en la información fiscal exigida.

5. Ciberseguridad y protección de datos

  • Considerar y recomendar al Consejo los objetivos de ciberseguridad;
  • Revisar el progreso del Grupo con respecto a los objetivos de ciberseguridad acordados, al menos anualmente;
  • Revisar las políticas y los programas del Grupo para abordar la protección de datos, incluidos los servidores, los centros de datos y las soluciones basadas en la nube en los que se almacenan y procesan los datos del Grupo y de terceros.

6. Informes no financieros

Revisar el informe anual externo de sostenibilidad del Grupo para su aprobación por el Consejo antes de su publicación.

7. Otras responsabilidades

  • Revisar y aprobar las transacciones entre el Grupo, sus directores, funcionarios y afiliados;
  • Realizar una autoevaluación anual de la actuación del CA;
  • Revisar y reevaluar anualmente la adecuación de la presente Carta y someter a la aprobación del Consejo los cambios propuestos;
  • Revisar, de vez en cuando, si es apropiado instalar una función de auditoría interna del Grupo;
  • A petición del Consejo, el CA revisará el tratamiento contable de las transacciones importantes a nivel del Grupo, junto con el estudio de viabilidad y las cuentas preparadas para dichas transacciones específicas (compras de activos, fusiones, desinversiones, etc.).

Poderes

El CA tiene acceso completo y sin restricciones a la gestión, los libros y los registros del Grupo y puede obtener cualquier información que necesite. Cualquier solicitud deberá canalizarse a través del Director General del Grupo.

Composición

El CA estará compuesto por miembros del Consejo de la siguiente manera:

  • Todos los miembros serán no ejecutivos e independientes según la evaluación del Consejo;
  • La mayoría de los miembros del CA, incluido el Presidente del CA, deberán tener experiencia en asuntos financieros y contables. Al menos un miembro del CA deberá ser un experto financiero (por ejemplo, actual o anterior director general, director financiero o auditor financiero).

Reuniones

1. General

El CA celebrará una reunión ordinaria cuatro veces al año, o a petición de cualquiera de sus miembros.

El Presidente del CA preparará un orden del día antes de cada reunión. Al menos dos miembros del CA deberán estar presentes para que haya quórum.
Periódicamente, los auditores externos participarán en las reuniones del CA.

Al menos una vez al año, el CA o el Presidente del CA se reunirá con los auditores externos sin la presencia de miembros de la dirección.

2. Actas

Las actas serán redactadas generalmente por el Secretario del Consejo o por cualquier persona designada a tal efecto por el Presidente del CA. Las actas se presentarán, antes de la siguiente reunión, a los miembros del CA para que las examinen y aprueben en su siguiente reunión. El CA informará al Consejo y presentará las actas del CA a los miembros del Consejo para su información y como base para la adopción de las resoluciones pertinentes.

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